PATRIMONIO
PATRIMONIO
Definición Patrimonio
El patrimonio está formado
por un conjunto de bienes , derechos y obligaciones pertenecientes a una
empresa, y que constituyen los medios económicos y financieros a través de los
cuales ésta puede cumplir con sus fines.
''Patrimonio es el monto
invertido en una empresa o un negocio personal.''
KOHLER, Diccionario para
contadores, 1991.
El valor invertido puede
clasificarse como:
- Capital legal -Utilidades
acumuladas -Superávit de capital
''Capital contable son los
derechos sobre los activos de la empresa. Él término capital contable debe
entenderse, además de la diferencia aritmética entre activos y pasivos, como el
monto conformado por la sumatoria de las inversiones realizadas por los accionistas
más los montos de las utilidades no distribuidas acumuladas desde la
constitución de la sociedad.''
Davidson y Roman, 1991.
CAPITAL SOCIAL
Sociedades anónimas
La estructura del capital
social de las sociedades anónimas, sociedades comanditarias por acciones y
anónimas simplificadas (S.A.S) es la siguiente:
- Capital autorizado: está constituido por el
monto máximo de capital por suscribir por parte de los socios.
Capital por suscribir: es el monto que los
socios no han decidido asignar (suscribir) a los socios para posterior pago.
- Capital suscrito: es el resultado de comparar
el capital autorizado menos el capital por suscribir.
- Capital suscrito por cobrar: es el valor
suscrito y que los socios aún no han pagado.
- Capital suscrito y pagado: es el monto que
efectivamente los socios han invertido o cancelado en la sociedad comercial, en
efectivo o en especie.
CONFORMACIÓN DEL CAPITAL EN OTRAS SOCIEDADES COMERCIALES
El capital en cada sociedad
comercial se configura de forma diferente y , en cada caso, debe ser cancelado
de forma específica.
- Sociedades de
responsabilidad limitada: su capital está conformado únicamente por los aportes
sociales, los cuales deben ser cancelados en su totalidad por los socios en el
momento de suscribirse la escritura pública de constitución de la sociedad
comercial.
- Sociedades extranjeras:
está conformado por el monto asignado, denominado capital asignado, por la
sociedad extranjera (matriz), a través de un documento interno que puede ser
acta o acto jurídico exigido por las normas del país de domicilio de la matriz,
eligiendo el documento más apropiado para reconocerlo en la contabilidad de la
sucursal.
- Personas naturales: se
denomina capital de personas naturales, y está constituido por el monto de los
bienes personales individuales tangibles o intangibles, muebles e inmuebles
cuantificables en dinero o sus equivalentes, ubicados en el país de su domicilio
o en el exterior y que dicha persona ha destinado para atender sus actividades
empresariales.
- Sociedades estatales: La
inversión realizada por el Estado, se denomina Aportes del Estado, cuyo
documento soporte es una ley, un decreto, una resolución, una ordenanza,
acuerdo, etc., según el origen normativo para crear dicha empresa.
Los valores que se reciban
del Gobierno con posterioridad a la fecha de su creación se reconocen en la
contabilidad como incremento de la cuenta Aportes del Estado.
- Organizaciones solidarias:
el capital se denomina, fondo social y está constituido por los aportes
recibidos de cada uno de los afiliados, asociados o cooperados, con la
frecuencia y clasificación que se determine en sus propios estatutos y/o que
señale la Superintendencia de Economía Solidaria.
SUPERÁVIT DE CAPITAL
Está conformado por el
aumento patrimonial debido a diversas razones financieras, económica o de
mercado que propiamente no hacen parte del objeto social de la empresa. El
superávit de capital lo componen, entre otras, las siguientes transacciones:
- Prima en colocación de
acciones o de aportes: Representa el mayor valor cancelado por el inversionista
en las acciones o aportes adquiridos frente a su valor nominal.
Dicha diferencia debe
contabilizarse por separado en el patrimonio social, sin utilizarla para
compensar cargos o créditos de las cuentas de resultados, ni mezclarla con las
ganancias o pérdidas acumuladas.
- Donaciones: Son aquellos
bienes y valores que la organización empresarial ha recibido a título gratuito
y sin contraprestación alguna. Las donaciones se clasifican en:
✳Donaciones que incrementan directamente el patrimonio.
✳Donaciones que son destinadas para el consumo que deben
ser reconocidos como un ingreso extraordinario.
CRÉDITO MERCANTIL FORMADO
Este monto, conocido también
como good will formado, se calcula a partir de métodos cuantitativos que
responden a las estimaciones razonables, cualidades financieras y comerciales
del ente económico.
Debe ser técnicamente
justificado y soportado, no debe corresponder a valores derivados de
estimaciones subjetivas ni antitécnicas y debe estar respaldado por la realidad
económica.
CONOCIMIENTO TÉCNICO (KNOW HOW)
Es la valuación del
conocimiento práctico sobre la manera de hacer o lograr algo con facilidad y
eficiencia, aprovechando al máximo los esfuerzos, habilidades, experiencias
acumuladas en un arte, oficio o técnica.
Cuando tales cualidades de
saber hacer se identifican en una organización, deben evaluarse apropiadamente,
reconociéndolas como un activo formado por la empresa con contra partida, que
aumenta el patrimonio en la cuenta Superávit de capital know-how.
RESERVAS
Representan recursos
obtenidos por el ente económico, tomados de sus utilidades con el objeto de
satisfacer requerimientos de tipo legal o voluntarios de los socios o
propietarios.
Los entes económicos
presentan en el patrimonio la cuenta utilidades acumuladas, la cual se origina
por el valor de los resultados obtenidos en ejercicios anteriores, fruto de la
operación de la empresa y están a disposición de la asamblea general de
accionistas.
Se originan directamente en
las utilidades líquidas del ente económico conforme a un mandato legal.
RESERVAS OBLIGATORIAS
Obedecen a un mandato legal.
Deben constituirse para fortalecer o mantener la solidez y estabilidad
económico-financiera de la empresa; es decir, para proteger el patrimonio
social.
Como consecuencia, está
expresamente prohibido su uso o aplicación para otros fines, como la
capitalización, la distribución entre los socios o cualquier otra destinación.
La ley colombiana ha
previsto las siguientes reservas obligatorias: reserva legal, reserva por
disposiciones fiscales y reservas para readquisición de acciones o partes de
interés social.
- Reserva legal: consiste en
apropiar como mínimo un 10% de las utilidades líquidas del ejercicio hasta
completar al menos el 50% del capital suscrito. En caso de que la reserva no
represente al menos el 50% del capital suscrito, el ente económico está obligado
a volver y constituirlo hasta completar el 50%. Están obligadas a constituirlo
las sociedades por acciones, las sociedades de responsabilidad limitada y las
sucursales de sociedades extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
- Reserva por disposiciones
fiscales: se determinan sobre la utilidad de la sociedad cumpliendo las
disposiciones tributarias.
- Reserva para readquisición
de acciones: es obligatoria solo por mandato expreso de la ley. Consiste en
apropiar un monto determinado de sus propias acciones que se encuentran en
circulación.
RESERVAS ESTATUTARIAS
Tienen el carácter de
obligatorias mientras así lo establezcan los estatutos (escritura pública).
Dicha condición cambia cuando se realice una reforma a los estatutos o se cumpla
con lo que estos indiquen.
RESERVAS OCASIONALES
El código de comercio, en su
artículo 154, señala que los accionistas o socios pueden establecer reservas
con fines específicos o destinación especial con la debida aprobación del
máximo órgano social.
UTILIDADES ACUMULADAS
Corresponden a utilidades de
ejercicios anteriores no capitalizadas, no distribuidas y no apropiadas. Tales
montos dan estabilidad económica a la empresa y están a disposición del máximo
órgano social para ser capitalizadas, apropiadas o distribuidas cuando las
condiciones financieras así lo permitan.
CONTROL INTERNO DEL PATRIMONIO
- - Mantener actualizado el libro de registro de
accionistas o de socios, identificando en ellos el número de acciones o aportes
ordinarios, preferentes, en circulación, acciones requeridas, fechas de
emisión, suscripción, y porcentaje de capital suscrito y pagado.
- - Contar con un archivo actualizado con los
soportes técnicos y jurídicos para la suscripción y colocación de acciones, con
prima o sin prima, reglamentos de colocación y fechas de pago.
- Contar con un libro de actas donde se
evidencien los proyectos de distribución de utilidades, constitución de
reservas, capitalización de las reservas, cambio de destinación de las reservas
voluntarias, enjugar pérdidas y monto del dividendo por acción y demás
decisiones tomadas en el seno del máximo órgano de las organizaciones.
- - Preparar los informes técnicos que han
servido de soporte para reconocer en el patrimonio las contrapartidas de los
intangibles.
REVELACIONES
Al presentar el patrimonio
como estado financiero, se debe incluir como mínimo las siguientes cuentas:
- La ganancia o pérdida del ejercicio
- Los gastos, costos, ingresos, pérdidas o ganancias que, afecten o no directamente el patrimonio
- Los cambios en las políticas contables y los efectos ocurridos en los saldos de las cuentas del patrimonio.
- La distribución de beneficios a los accionistas o propietarios.
- La conciliación del capital suscrito y pagado, así como la prima en colocación de acciones al inicio y al final del período.
- Los incrementos, disminuciones y traslados ocurridos por transacciones que afecten las cuentas del patrimonio
CONCLUSIONES
El patrimonio se define como
la diferencia resultante de comparar el total de activos menos el total de
pasivos. Está conformado por los valores que los socios han invertido , así
como por la rentabilidad sobre las inversiones que los socios hicieron en el
pasado en el ente económico.
Las utilidades como valor
residual que resultan de comparar ingresos menos costos menos gastos - se
apropian, se distribuyen o se capitalizan.
Él término capital contable debe entenderse, además de la diferencia aritmética entre activos y pasivos, como el monto conformado por la sumatoria de las inversiones realizadas por los accionistas simit más los montos de las utilidades no distribuidas acumuladas desde la constitución de la sociedad
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